Qué licencia necesitas para pescar desde tierra
Para la pesca marítima recreativa con caña desde la costa, el trámite es la licencia de pesca marítima de recreo en superficie (clase A). No se trata de una licencia de río ni de pesca submarina. La clase A también contempla determinadas embarcaciones recreativas de la lista séptima.
Cómo solicitar la licencia en línea
- Entra en el procedimiento oficial PE405A o el formulario de Pesca Recreativa (SIPMAR).
- Identifícate con Chave365 o certificado digital, según indique el formulario vigente.
- Selecciona la modalidad superficie / clase A y el período de vigencia.
- Revisa tus datos y paga la tasa desde el propio formulario: para clase A la Xunta exige realizar el pago desde el trámite.
- Finaliza la solicitud y conserva la licencia emitida o el justificante que corresponda. Comprueba su vigencia antes de ir a pescar.
Cuánto cuesta y cuánto dura
La modalidad ordinaria tiene una duración de un año; existe licencia temporal de un mes. Antes del pago, comprueba que el importe mostrado en el formulario sigue siendo el vigente. Consulta las tasas oficiales.
¿Puedo pescar con mi hijo? ¿Necesita otra licencia?
Está exento de licencia para pesca marítima recreativa en superficie. Debe poder acreditar documentalmente su edad. No se trata de que «utilice» la licencia del padre: la exención es propia del menor.
Necesita su propia licencia, aunque vaya acompañado por un progenitor que ya tenga una. La licencia del adulto no cubre a otro pescador de 16 años o más.
Por seguridad, especialmente en espigones y rocas, acompaña y supervisa siempre a los menores. Si hay dudas sobre cómo aplicar el límite de aparejos a un menor exento, conviene consultar con el Servicio de Protección de Recursos antes de pescar con varias cañas.
Cuántas cañas, sedales y anzuelos se permiten
Ejemplo: un adulto titular de licencia no puede pescar simultáneamente con tres cañas amparándose en una sola licencia. El número de cañas que transportes sin utilizar no es lo mismo que el número de aparejos que puedes emplear pescando.
Capturas, cupos y especies
- Límite general: 5 kg por licencia y día, con la excepción reglamentaria de una única pieza que exceda el tope.
- Pulpo: la Xunta establece dos ejemplares por pescador y día, sujetos además a vedas y demás normas.
- Especies: peces y cefalópodos autorizados; la anguila está excluida. Deben respetarse tallas mínimas, vedas y demás restricciones.
- Comercialización: no está permitido vender las capturas recreativas.
Antes de salir, revisa la información oficial de especies y capturas; existen excepciones y reglas específicas.
Dónde puedes pescar en Ferrol y Narón
La licencia no es un permiso universal para cualquier playa, roca, muelle o espigón. La Xunta prohíbe la pesca marítima recreativa de superficie a menos de 100 metros de las playas cuando estén frecuentadas por bañistas. Además, pueden existir zonas portuarias, militares, reservas, restricciones de acceso, señalización u otras prohibiciones concretas.
Consulta las prohibiciones de superficie y los límites y zonas restringidas. En costa rocosa evita oleaje, resacas y zonas expuestas, y no te acerques a canales de navegación ni actividades profesionales.
Preguntas frecuentes
¿La licencia es solo para Ferrol?
No. Es para pesca marítima recreativa en las aguas donde sea reconocida, y dentro de Galicia no se limita al municipio donde la tramitaste. Las restricciones del lugar siguen aplicándose.
¿Mi hijo de 15 años puede usar mi licencia?
No necesita utilizarla: está exento de licencia de superficie por tener menos de 16 años. Debe poder demostrar la edad.
¿Mi hijo de 16 años necesita licencia aunque vaya conmigo?
Sí, su propia licencia.
¿Puedo pescar desde un kayak?
Según la FAQ oficial de la Xunta, la pesca recreativa desde kayak no está permitida bajo esta regulación porque se considera artefacto flotante no incluido en las listas de embarcaciones previstas.
¿Se puede pescar cualquier día?
La pesca marítima recreativa de superficie puede practicarse todos los días del año, respetando las restricciones que correspondan a la especie, la zona y la actividad.
Fuentes oficiales y fecha de revisión
Revisión editorial: 15 de octubre de 2026. La normativa y las tasas pueden cambiar. Se priorizan fuentes de la Xunta sobre blogs o resúmenes de terceros.